El pasado 28 de mayo, el Consejo Rector de la Red Tributaria Lanzarote, aprobó el inicio de la tramitación para la modificación de la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Inspección y Recaudación del Cabildo de Lanzarote.

En primer lugar, se ha aumentado el importe de la dispensa de garantía en los aplazamientos y fraccionamientos, de 18.000,00 € a 30.000,00 €. Así pues, serán menos contribuyentes los que tengan que realizar este trámite.

Además, se ha añadido un apartado segundo a la disposición transitoria única de la Ordenanza, en el que se especifica que durante los ejercicios 2020 y 2021, los contribuyentes podrán solicitar el aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias existentes, según el procedimiento establecido en el Capítulo I, Sección VIII de la  Ordenanza, ampliándose los plazos como sigue:

a) Deuda de vencimiento periódico de un solo ejercicio: máximo 24 meses.
b) Deudas de vencimiento periódico de varios ejercicios o de devengo instantáneo: máximo 48 meses.
c) En caso de aportar Certificado de Servicios Sociales acreditativo de situación extrema necesidad del deudor, el plazo máximo será de 72 meses. En este caso, no será de aplicación el límite mínimo de 30 euros de cuota.

La solicitud de aplazamiento y fraccionamiento de deuda en todos los casos deberá presentarse antes del 31 de diciembre de 2021.