El día 10 de junio se ha publicado el anuncio de la Red Tributaria Lanzarote sobre la aprobación de padrones municipales para el ejercicio 2019.
Desde el 20 de julio de 2019 hasta el 20 de septiembre del mismo año, ambos días inclusive, estarán puestos al cobro en período voluntario, los padrones de los Ayuntamientos de Arrecife, Haría, Teguise y Tinajo, correspondientes al IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles), IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas), IVTM (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica), Tasa por Recogida de Residuos, Tasa por Ocupación de Vía Pública, Mesas y Sillas y Cajeros Automáticos y la Tasa Vados y Reservas de Espacio.
Los citados Padrones se hallan expuestos al público en las oficinas de la Red Tributaria de Lanzarote durante el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES (30 de junio), a fin de que los interesados legítimos puedan examinarlos y presentar las alegaciones que consideren oportunas.
Los contribuyentes podrán realizar el pago de su deuda tributaria a través de las entidades de crédito colaboradoras que a continuación se relacionan, todos los días laborables para éstas, durante las horas de caja por ellas establecidas y en cualquiera de sus oficinas, debiendo acudir provistos de los necesarios documentos cobratorios:
– Bankia.
– La Caixa.
– Banco Santander Central Hispano.
– Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.
– A través de la pasarela de pago de la oficina virtual de la Red Tributaria.
– Pago con tarjeta de débito o crédito, en las Oficinas de la Red Tributaria de Lanzarote. Tengan en cuenta que en todas nuestras oficinas se pueden pagar los recibos de los 4 ayuntamientos, por lo que recomendamos siempre acudir a aquéllas en las que la afluencia de contribuyentes es menor (Tinajo y Haría).
– Mediante domiciliación bancaria, que podrá realizar hasta el 20 de junio, a través de la oficina virtual con certificado digital, o de forma presencial en las oficinas de la Red Tributaria de Lanzarote. El cargo en cuenta se efectuará el 5 de septiembre. Si el contribuyente se acoge a esta modalidad de pago, se entenderá domiciliado el pago del recibo para años sucesivos y por tiempo indefinido en tanto la domiciliación no sea anulada por el interesado, rechazada por la Entidad de depósito o la Administración disponga expresamente su invalidez por razones justificadas.
– Si quieren domiciliar el pago de los tributos en más de un plazo, podrán solicitar Plan de Pago Personalizado (mensual, trimestral, semestral).
– Pago con cargo en cuenta, esta modalidad solo se podrá realizar de forma presencial y se cargará el día 5 del mes siguiente a su solicitud.
Los contribuyentes que domicilien el pago de sus tributos de vencimiento periódico, o soliciten su inclusión en un Plan de Pago Personalizado, se les aplicará bonificación del 5% en sus recibos (ver Ordenanza Fiscal General).
Se advierte que, finalizado el período de pago voluntario, los recibos no satisfechos serán exigidos en vía ejecutiva con el recargo legal correspondiente. Los recibos fraccionados o incluidos en Plan de Pago Personalizado y Domiciliados, cuyo plazo no sea atendido en la fecha de cargo en cuenta de los mismos, serán exigidos en vía ejecutiva con los recargos e intereses de demora que legalmente procedan.
Se podrán formular ante la Red Tributaria Lanzarote Recurso de Reposición regulado en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en el plazo de UN MES contado desde del día siguiente a la finalización del anteriormente mencionado período de exposición pública (último día: 31/07/2019).